Embarazo, Lactancia y Marihuana: Violencia Obstétrica en los Protocolos de Salud de Argentina

Ludmila pasó 12 horas sin poder ver a su bebé. En la desesperación, logró contactar con Iris Nasso de la «ONG Alpakamasca», con la intención de pedir ayuda ante la situación que la sobrepasaba, Nasso junto con la abogada y activista Nadia Podsiadlo, comenzarían a difundir el caso y dialogar con los interlocutores del hospital. En contacto con Guilherme, marido de la víctima, se logró recolectar el material de evidencia científica sobre el uso de cannabis en las dos patologías de Ludmila, el permiso de REPROCANN de la madre lactante y la bibliografía sobre cannabis, maternidad y lactancia.
Tras una reunión, el pasado lunes, con los directivos del Hospital se logró que la institución le ofreciera a Ludmila un acuerdo, con firma de por medio, donde ella asumiera plenamente la responsabilidad de la lactancia del bebé. A partir de ese momento, luego de 96 horas, fue posible que Ludmila pudiera lactar a su bebé.
Además se acordó la posibilidad de abrir camino en capacitaciones sobre el uso de cannabis medicinal, y de delegar la responsabilidad de los posibles efectos a los padres.

Lactantes perseguidas y su impacto en la salud mental
Para la doctora Marisol Bocetti, no solo se trata de la salud del bebé. Durante el abordaje de este protocolo, se desestima la salud mental de la madre al forzarla a un impacto traumático de separación y persecución, culpándola de un uso de sustancias a niveles deshumanizantes, olvidándose de la vulnerabilidad que representa el postparto, impidiendo la lactancia con las consecuencias sobre la salud de la puérpera que esto acarrea.
Para la especialista, los trabajadores de la salud deben estimar que la relación del lazo emocional del apego madre-hijo es el fenómeno más importante en el momento del nacimiento. Y recalca, que el resultado positivo de un test de drogas no es sinónimo de dependencia a dicha sustancia, ni menos debería justificar la separación de una madre de su hijo recién nacido.
El prohibir la lactancia materna por períodos entre 7 y 14 días como medida preventiva de traspaso de sustancia no se sustenta sobre la base de la evidencia científica, dado que la concentración de fitocannabinoides que se pudiese encontrar en leche materna es muy bajo (del orden de los nanogramos por mL), cantidad considerada como trazas de sustancia.
De acuerdo al manual de Salud Pública de Canadá, una persona gestante que inhala un cigarrillo de marihuana (0.75g de Cannabis con un 10 % de THC) tendrá una concentración en sangre los 200-300ng/ml (250ng/mL promedio) de 11-OH-THC (THC metabolizado en hígado) en el máximo de absorción. Sumado al dato que en el embarazo aumenta la función hepática de “aceleramiento” de THC al doble que una persona no gestante. Esto implica una mayor absorción del cannabinoide con principio psicoactivo y una menor posibilidad de traspaso.
Los cannabinoides que encontramos en leche materna corresponden al 2,5% de la dosis consumida por la persona gestante. La intensidad y duración del efecto psicoactivo derivado del consumo de cannabis es muy individual, cómo mínimo para lograr psicoactividad se debe consumir 3.9mg THC/Kg de peso.
Para poder entender esta información, los ejemplos proporcionales indican que en el caso de un recién nacido de 3 kg de peso, para que sufra los efectos psicoactivos derivados del consumo de leche materna con cannabis debe recibir 11.7 mg totales de THC, lo que teóricamente se alcanzaría cuando ingiera 5.85 litros de leche materna. Este volumen es muy poco probable de ser alcanzado debido a que la capacidad gástrica de un recién nacido es de 10-20 ml.

Qué nos dice el Observatorio de Violencia Obstétrica de Argentina (OVOA)
Esta iniciativa autogestiva e interdisciplinaria, surgida en el año 2015, con el fin de generar acciones que visibilicen el panorama real de la atención obstétrica en Argentina, señala que son las voces de las mujeres y sus experiencias las que constituyen la columna vertebral desde la que se articulan las acciones en OVAO.
El Observatorio entiende a la violencia obstétrica como una violencia de tipo sexual. El daño que produce atenta contra la integridad de las víctimas, afecta su cuerpo, su psiquis, su sexualidad y su autonomía, en definitiva, es un tipo de violencia que socava sistemáticamente la dignidad de las mujeres.
En Argentina la violencia obstétrica fue declarada como una modalidad de violencia en el artículo 6 de la ley 26485 de Protección Integral de las Mujeres, sancionada en el año 2009 en consonancia con los preceptos de la Convención Belém do Pará.
La mencionada ley tiene como objetivo, garantizar el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencias, promover el desarrollo de políticas públicas en materia de violencia, garantizar el acceso a la justicia de las mujeres que atraviesan situaciones de violencia, así como garantizar la asistencia integral en los ámbitos públicos y privados correspondientes de las mujeres que atraviesan situaciones de violencia entre otras cuestiones.
Nada de esto ocurre, ya que la postura que se ha tomado para abordar este tipo de vulneración es la “sensibilización” para lxs profesionales y el “empoderamiento” para las mujeres. Construyendo así un lugar permisivo para quienes vulneran derechos y un lugar de soledad para las víctimas.
No existe reparación si no existen mecanismos claros que importen -en principio- al reconocimiento de las víctimas, brindando canales seguros y estableciendo que los organismos receptores tengan, como mínimo, alguna incidencia en la solicitud que acompaña la queja. En esa medida es que surge la revictimización.

Otro caso de violencia obstétrica
Fue el que vivió Nadia Berri el 04 de septiembre cuando dió a luz a su hija Aura en el Hospital de Morón. Nadia fue víctima de maltrato y violencia, al ser separada de su hija que tenía minutos de nacida, y no permitirle amamantar por ser consumidora de cannabis.
“Me prohibieron poder amamantar y ejercer mi rol de mamá, mi obstetra siempre supo de mi consumo y jamás me aclaró lo que podía pasar, ni mucho menos de los riesgos o beneficios que eso tenía. Fue y es realmente muy triste todo lo vivido” relata Nadia quién consume aceite de cannabis por los múltiples dolores crónicos producto de una escoliosis. Ella al igual que Ludmila, está inscrita en el Reprocann y este episodio de violencia obstétrica la separó una semana de su hija y 25 días sin la posibilidad de poder amamantar.
La violencia obstétrica no es un error, ni es azarosa o cuestión de mala suerte, tampoco es el resultado de un mal día de unx profesional de la salud; por el contrario es el marco de referencia sobre el que se construye cotidianamente la práctica obstétrica y ginecológica.
Pensar en un parto, es pensar en mujeres atadas, acostadas, intervenidas, drogadas, manoseadas, a las que se les exige obediencia, se les grita que se están portando mal y se les niega el derecho a tomar decisiones sobre sus cuerpos y el proceso que están atravesando. Y aunque el nivel de violencia al que somos expuestas es incuestionable, parece que nada ha pasado, ya que solamente quedan las felicitaciones por el “hermoso” nacimiento de nuestrxs hijxs.

Fuente: cannabicaargentina.com

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